La Corte Constitucional hizo un fuerte llamado a los colegios del país para que tomen acciones en contra del matoneo escolar. El pronunciamiento del alto tribunal se dio por un caso revisado en el despacho del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, sobre un niño que fue acosado escolarmente por sus compañeros y, como resultado, fue diagnosticado con ansiedad y depresión.
El relato que llegó al despacho de Ibáñez lo hacía la madre del menor, quien narró cómo su hijo se vio afectado por la conducta de sus compañeros. Según el testimonio, la mujer fue a la psicóloga del colegio y a las directivas, ante lo cual, según su dicho, “ni los docentes ni el colegio activaron protocolos, estrategias, métodos de solución o actuaciones correctivas” y eso provocó que se aumentaran los maltratos contra su hijo.
En mayo del año pasado la madre del menor decidió sacarlo del colegio e interponer una tutela en contra de la institución, que aseguraba haber activado todos los protocolos para atender el caso.
Ya en el despacho de Ibáñez, la Corte determinó que el colegio “no les prestó la debida atención a los acontecimientos, por la simple razón de que no los encontró como constitutivos de matoneo escolar o bullying” y que su actuar fue de forma “pasiva y negligente ante las constantes alarmas de presunto acoso escolar que se presentaron en la institución”.
En su jalón de orejas, la Corte catalogó de “irrazonables las razones aducidas por el (colegio) dirigidas a justificar su falta de diligencia en la prevención, solución y reprensión de los actos de matoneo o bullying que sufría (el niño)”.
Finalmente, la Corte Constitucional indicó que al menor se le vulneraron varios derechos fundamentales y que la institución se mantuvo pasiva al respecto. Con esto así, se le ordenó al colegio incluir en sus protocolos ante los casos de matoneo, la preparación de docentes y directivos para manejar estas situaciones y ayudar a los alumnos víctimas.
También, dice el alto tribunal, tendrán que reparar al menor y restablecer sus derechos, lo que incluye un “ofrecimiento de disculpas y elevar la responsabilidad por no haber activado las rutas previstas oportunamente ni haber actuado con el mayor cuidado y confidencialidad ante los actos de bullying cometidos en perjuicio del niño, sin mencionar su nombre”.
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