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Duque el cuarto expresidente en la historia de Colombia sin recibir pensión vitalicia inmediatamente


El 7 agosto el presidente Iván Duque entregará su cargo a Gustavo Petro y dejará la Casa de Nariño. Con la salida de su cargo, el mandatario tendrá derecho a una pensión vitalicia.

Así lo establece el artículo 2 de la Ley 48 de 1962 en el que se establece: "Todo ex presidente de la República tendrá derecho a disfrutar de pensión vitalicia o pensión de vejez, igual al 75 % de su último sueldo mensual”.


No obstante, para ello debe cumplir con dos requisitos Uno de ellos es que el mandatario debe haber permanecido al servicio del Estado durante 20 años continuos o discontinuos, lo cual aplica en el caso de Duque.

La segunda condición es haber cumplido 50 años de edad. Sin embargo, actualmente el presidente Duque tiene 45 años y antes de entregar su puesto cumplirá 46 años. Esto implica que estaría a cuatro años para poder acceder a esta pensión.

El monto que reciben los ex presidentes de acuerdo al artículo 3 de la Ley 48 equivale a la asignación mensual “que por todo concepto corresponda a los senadores y representantes”.


De acuerdo con lo anterior si Duque recibiera la pensión este año, el valor sería de alrededor de $34’417.000 pesos que corresponde al salario de los congresistas de la República. Sin embargo, durante estos cuatros años Duque tendrá una prestación especial mientras cumple con el requisito de la edad.


De acuerdo con la información consultada por RCN a los Expertos en derecho laboral y de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) Iván Duque se convierte en el cuarto expresidente en la historia de Colombia en no obtener la prestación de la pensión vitalicia al terminar su Gobierno.

El primero fue el expresidente César Gaviria en 1994 cuando le entregó el poder a Ernesto Samper, quien en 1998 tampoco cumplía con la edad requerida.

Después le siguió en 2002, Andrés Pastrana la cual no recibió el beneficio de manera inmediata porque tampoco cumplía con el requisito de los 50 años.


Este beneficio no prescribe durante la vida del expresidente, y en caso de muerte, es automáticamente heredado por su esposa y caduca definitivamente cuando ella fallezca.


Solo hay una excepción para que se mantenga la pensión vitalicia tras la muerte del expresidente y su esposa: El beneficio podría ser heredado por un hijo legítimo del expresidente con problemas de salud que no le permitan valerse por sí mismo, donde podrá obtener la prestación hasta los 25 años.


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