El magistrado del consejo de estado, Roberto Serrato, avaló la demanda de nulidad interpuesta por los abogados Julián David Solorza Martínez y Lucas Arboleda Henao, quienes solicitaron se adoptara medida cautelar de urgencia consistente en la suspensión provisional de los efectos jurídicos del decreto 227 de 16 de febrero de 2023, “por el cual se reasumen algunas de las funciones presidenciales de carácter regulatorio en materia de servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones” emitido por el presidente Petro.
Serrato Valdés, integrante de la Sección Primera de la corporación, mediante auto de este 2 de marzo de 2023, consideró que esta medida cautelar resultaba impostergable en atención a la temporalidad de tres meses de la decisión administrativa materia de control.
"La suspensión inmediata de los efectos del acto acusado, así decretada, impide al presidente de la República asumir las funciones asignadas a las comisiones de regulación de los servicios públicos domiciliarios, a que se refieren las leyes 142 y 143 de 1994 y demás normas concordantes", se lee.
Según el Consejo de Estado Petro "omitió el deber de publicar el proyecto de acto administrativo regulatorio demandado por el término de 15 que señalan las normas aplicables y, además, no justificó, de manera adecuada y razonada, el motivo por el cual se dispuso reducir a tan solo dos días la posibilidad de que la ciudadanía en general y de los grupos de interés, en particular, participaran en el proceso de producción normativa, a través de opiniones, sugerencias o propuestas alternativas respecto del proyecto de regulación que posteriormente dio lugar a la expedición del decreto 227".
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